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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
801831
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIV, Tercera Parte; Pág. 21

COOPERACION, EXENCION DEL PAGO DE DERECHOS DE. FERROCARRILES NACIONALES DE MEXICO.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIV, Tercera Parte; Pág. 21

Precedentes

Revisión fiscal 152/62. Ferrocarriles Nacionales de México. 10 de octubre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González. Revisión fiscal 2/62. Ferrocarriles Nacionales de México. 10 de octubre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Revisión fiscal 472/60. Ferrocarriles Nacionales de México. 10 de octubre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Revisión fiscal 497/59. Ferrocarriles Nacionales de México. 10 de octubre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen LXIII, Tercera Parte, página 13, tesis de rubro "COOPERACION, EXENCION DEL PAGO DE DERECHOS. FERROCARRILES NACIONALES DE MEXICO.".
Registro digital (IUS): 801831