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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801850
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Quinta Parte; Pág. 54
LAUDOS INCONGRUENTES.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Quinta Parte; Pág. 54
No hay congruencia del laudo con la demanda, si aquél no se ocupa de la acción principal ejercitada por el actor y solamente decide respecto de la reconvención hecha valer por el demandado, la cual se hallaba necesariamente supeditada al estudio de la acción principal que se ejerció en la demanda.
Precedentes
Amparo directo 3304/56. Andrés Calvillo Mares. 18 de octubre de 1957. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.