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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801859
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CX, Segunda Parte; Pág. 25
LESIONES QUE PONEN EN PELIGRO LA VIDA, CALIFICACION DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CX, Segunda Parte; Pág. 25
Las lesiones que ponen en peligro la vida se califican en el momento de ser inferidas, y su categoría de tales no desaparece porque el sujeto pasivo sane y se recupere totalmente, ya que basta con la puesta en peligro de la vida del ofendido como consecuencia de la lesión, para que la misma subsista con esa categoría, independientemente de los resultados posteriores, salvo cuando el ofendido muere dentro de los sesenta días, en cuyo caso se convierte en mortal, o en la hipótesis de que quedase subsumida en otro tipo de mayor punibilidad.
Precedentes
Amparo directo 944/66. Marcelino Flores Román. 17 de agosto de 1966. Cinco votos. Ponente: José Luis Gutiérrez Gutiérrez.
Amparo directo 9388/65. Isidro Pérez Román. 17 de agosto de 1966. Cinco votos. Ponente: José Luis Gutiérrez Gutiérrez.
Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen XXVIII, página 81. Amparo directo 4195/59. Antonio Cuautle Gómez. 20 de octubre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Nota: En el Volumen XXVIII, página 81, esta tesis aparece bajo el rubro "LESIONES QUE PONEN EN PELIGRO LA VIDA.".