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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801886
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXX, Quinta Parte; Pág. 61
SEGURO SOCIAL, INSCRIPCION DEL TRABAJADOR EN EL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXX, Quinta Parte; Pág. 61
Cuando el trabajador no es inscrito por el patrón en el Seguro Social, el propio trabajador puede ocurrir ante el aludido instituto y proporcionar sus datos para que se le inscriba y disfrute de las prestaciones que otorga la Ley del Seguro Social, motivo por el que el hecho de que el patrón no cumpla con la obligación que tiene de inscribir a sus trabajadores, no le irroga perjuicio al trabajador no inscrito, porque el segundo párrafo del artículo 7o. de la Ley del Seguro Social no releva al patrón de la obligación relativa; a no ser que se demuestre que durante la época en que no fue inscrito el trabajador haya sufrido alguna enfermedad.
Precedentes
Amparo directo 2063/67. Víctor Gutiérrez Pérez. 22 de abril de 1968. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen CXV, página 29. Amparo directo 1162/66. Salvador Jiménez Casillas. 10 de enero de 1967. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.
Volumen LXXVIII, página 19. Amparo directo 1420/63. Rafael Pérez Domínguez. 5 de diciembre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal.