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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
801905
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVII, Segunda Parte; Pág. 44

REPARACION DEL DAÑO, FIJACION DE LA.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVII, Segunda Parte; Pág. 44

Precedentes

Amparo directo 571/65. Silvestre Paz Juárez. 19 de julio de 1965. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen LXXIV, página 33. Amparo directo 8773/62. Pedro Pacheco Gutiérrez. 26 de agosto de 1963. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Nota: En el Volumen LXXIV, página 33, esta tesis aparece bajo el rubro "REPARACION DEL DAÑO, LA CONDENA A LA, DEBE SER ESTRICTA.".
Registro digital (IUS): 801905