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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801914
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Tercera Parte; Pág. 25
CLAUSURA DE GIRO COMERCIAL. NECESIDAD DE ACOMPAÑAR LA LICENCIA RESPECTIVA PARA DEMOSTRAR EL INTERES JURIDICO DEL QUEJOSO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Tercera Parte; Pág. 25
Si el quejoso se ostenta como titular de una licencia de funcionamiento de un giro comercial y al pedir amparo contra la clausura de este no acompaña dicha licencia, evidentemente no demuestra su interés jurídico y en consecuencia el juicio de garantías resulta improcedente en los términos de la fracción V del artículo 73 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo en revisión 1822/65. José Ugalde Correa y Amado Mondragón Sánchez. 23 de junio de 1966. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen CXVIII, página 31, tesis de rubro "CANTINAS, CLAUSURA DE. TITULARIDAD DE LA FACULTAD PARA EXPLOTAR GIROS REGLAMENTADOS.".
Volumen CXXI, página 17, tesis de rubro "CLAUSURA. INTERES JURIDICO.".