Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/801931
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
801931
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIII, Segunda Parte; Pág. 22

REPARACION DEL DAÑO PROVENIENTE DE DELITO EXIGIDA A TERCERO.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIII, Segunda Parte; Pág. 22

Precedentes

Amparo directo 6602/50. "Wodd", Compañía General de Seguros, S. A. 12 de marzo de 1957. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo directo 3455/55. Eufemio Avila Martínez. 14 de febrero de 1957. Mayoría de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo directo 3221/55. Transportes Urbanos, S. A. 6 de julio de 1956. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 801931