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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801976
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Quinta Parte; Pág. 59
ENFERMEDADES PROFESIONALES PRUEBA PERICIAL PARA ACREDITARLAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Quinta Parte; Pág. 59
Para probar una enfermedad profesional debe rendirse un peritaje y no sólo exhibirse un certificado médico, en virtud de que sólo un perito aprobado por la Junta, enterado de su obligación y responsabilidad y sujeto a ser interrogado por ésta y por las partes, es quien puede orientar técnicamente a las autoridades del trabajo, de manera que sus fallos, cuando comprendan una cuestión técnica, sean lo más apegados a la verdad científica y jurídica.
Precedentes
Amparo directo 7300/56. Federico González Reyes. 25 de noviembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.