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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801980
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Segunda Parte; Pág. 220
LEGITIMA DEFENSA Y MIEDO GRAVE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Segunda Parte; Pág. 220
Estas excluyentes de responsabilidad son incompatibles referidas a un sólo hecho, ya que en la legítima defensa ideológicamente no hay delito porque el actuar del agente se justifica y en el miedo grave no hay delincuente por ser inimputable.
Precedentes
Amparo directo 1164/58. Jesús Silva Pérez. 14 de noviembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.