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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 801981
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Segunda Parte; Pág. 88
PERITOS. MONTO DE LO ROBADO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Segunda Parte; Pág. 88
Si la designación de peritos se hizo por la autoridad judicial, a petición de la defensa, sin que en su oportunidad, se hiciera objeción alguna respecto del avalúo y sin que se hubiera privado a los acusados del derecho concedido por el artículo 164 del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal, son inexistentes las violaciones constitucionales alegadas al respecto.
Precedentes
Amparo directo 6484/58. José Gloria Rodríguez. 24 de julio de 1959. Cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.