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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
801998
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIV, Tercera Parte; Pág. 11

AGRARIO. DEPURACION CENSAL. LA ORDEN PARA REALIZARLA NO AFECTA A LA COMUNIDAD AGRARIA, PORQUE SOLO CONSTITUYE EL MOMENTO INICIAL DE UN EXPEDIENTE Y NO TRAE COMO CONSECUENCIA LA DEFINITIVIDAD DE LA DEPURACION.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIV, Tercera Parte; Pág. 11

Precedentes

Amparo en revisión 3931/64. Comisariado Ejidal de "Salto de la Reforma", Municipio de Tuxpan, Veracruz. 9 de octubre de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen CXXI, página 11. Amparo en revisión 8843/65. Comisariado Ejidal de "El Valeroso", Municipio de Coacolmán, Michoacán. 2 de julio de 1967. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Volumen CXX, página 12. Amparo en revisión 5180/63. Comisariado Ejidal de "El Tren", Municipio de Hidalgo, Michoacán. 15 de junio de 1967. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Registro digital (IUS): 801998