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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802031
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Segunda Parte; Pág. 103
LESIONES. CUERPO DEL DELITO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Segunda Parte; Pág. 103
Aunque sea verdad que no se dio fe de las lesiones inferidas al sujeto pasivo, también lo es que tal omisión no es necesariamente suficiente para tener como comprobado el cuerpo de la figura delictiva, porque la ausencia de la fe de referencia sería indispensable sólo si faltaran otros datos que, por sí mismos, permitieran llegar a la certeza de la existencia de las lesiones.
Precedentes
Amparo directo 3286/59. Santiago Delgado Ramírez. 17 de agosto de 1959. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.