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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802041
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXI, Tercera Parte; Pág. 10
AGRAVIOS EN LA REVISION.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXI, Tercera Parte; Pág. 10
No cabe exponer en los agravios cuestiones que no se hubieren planteado en la demanda de amparo, ya que las argumentaciones que se hacen en ellos y la infracción de las disposiciones que en los mismos se cita, debieron alegarse precisamente como capítulos de violación en la demanda de garantías.
Precedentes
Amparo en revisión 5471/59. Hernández Reyna Gustavo. 21 de enero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.