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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802082
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Tercera Parte; Pág. 44
COPIAS CERTIFICADAS.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Tercera Parte; Pág. 44
las copias certificadas deben sellarse y firmarse por el secretario que las expide, pero no es aplicable a dichos documentos lo que establecen los artículos 63 del Código Federal de Procedimientos Civiles y 67 del Distrito y Territorios Federales, ya que no se trata de actuaciones dentro del expediente mismo.
Precedentes
Amparo en revisión 527/59. Afianzadora Mexicana, S. A. 30 de julio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo en revisión 5861/58. Afianzadora Mexicana, S. A. 13 de julio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.