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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802108
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXVII, Tercera Parte; Pág. 14
AGRARIO. POSESION. IDONEIDAD DE LAS PRUEBAS OFRECIDAS PARA DEMOSTRARLA.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXVII, Tercera Parte; Pág. 14
La prueba de testigos no puede tomarse como un simple indicio, ya que esta Suprema Corte ha considerado que la prueba testimonial es la más idónea para comprobar el hecho de la posesión; pero si, además, existen otras, estas pruebas no deben valorarse en forma aislada, sino que su análisis debe hacerse de modo concomitante con las demás ofrecidas para demostrar el citado hecho de la posesión, y si existe, con la testimonial.
Precedentes
Amparo en revisión 9326/65. Carolina Rodríguez de Alvídrez y otros. 31 de enero de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.