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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802152
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXV, Quinta Parte; Pág. 31
PARTICIPACION DE UTILIDADES.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXV, Quinta Parte; Pág. 31
El cobro de participación de utilidades procede hasta que se finque un derecho específico a determinada cantidad, después de seguido el procedimiento que establece el artículo 100-0 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo 5204/67. Campco de México, S. A. 11 de septiembre de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen CXXV, página 32. Amparo directo 64/67. Plásticos Romay, S. A. 24 de noviembre de 1967. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Volumen CXXV, página 32. Amparo directo 9990/66. Josefina Páez Peralta. 23 de noviembre de 1967. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Nota: En el Volumen CXXV, página 32, la tesis aparece bajo el rubro "PARTICIPACION DE UTILIDADES, CORRESPONDE AL TRABAJADOR DEMOSTRAR LA CANTIDAD A QUE TIENE DERECHO POR CONCEPTO DE.".