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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802154
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXV, Quinta Parte; Pág. 37
SEGURO SOCIAL, INSTITUTO MEXICANO DEL, SEGURO DE VIDA DE LOS INTEGRANTES DE LA MUTUALIDAD DE SUS TRABAJADORES.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXV, Quinta Parte; Pág. 37
El Reglamento para la Mutualidad de Trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social, dispone que en la solicitud del trabajador en el momento del ingreso, faculte expresamente al patronato para tramitar el descuento correspondiente; y en el artículo 2o. transitorio, se estatuye que las solicitudes presentadas antes del 18 de abril de 1961, aun cuando no se haya hecho ningún descuento a los solicitantes, serán aceptados y se gestionará el descuento relativo. En estas condiciones, cuando se acredita que un integrante de la mutualidad ingresó antes del 18 de abril de 1961, aun cuando no se le haya hecho ningún descuento y fallece, sus beneficiarios tienen derecho a que se les cubra la cantidad de $10.00 por cada uno de los miembros que la integran, que constituye un seguro de vida por aplicación exacta del precepto transitorio mencionado.
Precedentes
Amparo directo 770/68. Patronato de la Mutualidad de Trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social. 11 de septiembre de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen CXXXIV, página 46. Amparo directo 1818/68. Patronato de la Mutualidad de Trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social. 23 de agosto de 1968. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.