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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802174
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXI, Segunda Parte; Pág. 33
ROBO DE DEPENDIENTE, INEXISTENCIA DE LA CALIFICATIVA DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXI, Segunda Parte; Pág. 33
De acuerdo con el Código de Comercio, se reputan dependientes los que desempeñan gestiones propias de tráfico, en nombre y por cuenta del propietario, por lo que si el acusado, en el momento de cometer el delito de robo tenía el carácter de cuidador de un edificio en construcción, propiedad del denunciante, no puede reputarse como dependiente, y al considerar lo contrario y condenarlo por el delito de robo calificado, por tal concepto, se violan sus garantías individuales.
Precedentes
Amparo directo 7758/62. Elisa Chávez Rojas. 4 de marzo de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.