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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802209
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Tercera Parte; Pág. 57
FIANZAS. REQUERIMIENTO DE PAGO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Tercera Parte; Pág. 57
Es necesario que la tesorería al requerir de pago de una fianza a la compañía afianzadora, anexe a dicho requerimiento los documentos que demuestren que el Juez Penal de la causa notificó a la compañía afianzadora para que presentara a su fiado y que no habiéndolo hecho ordenó que se hiciera efectiva la garantía, por lo que es necesaria la exhibición del documento que contenga este último acuerdo.
Precedentes
Amparo en revisión 1477/59. Afianzadora Mexicana, S. A. 13 de julio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.