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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
802211
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LIX, Tercera Parte; Pág. 67

PROMOCIONES POR CORREO. ARTICULO 25 DE LA LEY DE AMPARO. INTERPRETACION.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LIX, Tercera Parte; Pág. 67

Precedentes

Amparo en revisión 3555/61. Maderería Luis M. Silva, S. A. 11 de mayo de 1962. Cinco votos. Ponente Octavio Mendoza González. Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen XLV, página 49. Reclamación en el Toca 2732/60. Héctor Ponce Sánchez. 6 de marzo de 1961. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Nota: En el Volumen XLV, página 49, esta tesis aparece bajo el rubro "AMPARO INTERPUESTO POR CORREO. EFECTOS.".
Registro digital (IUS): 802211