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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802214
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVI, Quinta Parte; Pág. 23
FERROCARRILEROS, CAMBIO DE HORARIO Y PAGO DE TIEMPO EXTRA DE LOS. CARGA DE LA PRUEBA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVI, Quinta Parte; Pág. 23
Cuando un trabajador ferrocarrilero estima que conforme al horario que tiene asignado trabaja tiempo extra y con base en ello reclama al pago de dicho tiempo extra y el cambio de su aludido horario de trabajo, debe acreditar que de acuerdo con lo dispuesto por las Bases Generales de Reglamentos Interiores de Trabajo y demás disposiciones aplicables al caso, es obligatorio que se le asigne el horario que pretende y que el tiempo extra cuyo pago reclama no queda comprendido dentro del mismo horario.
Precedentes
Amparo directo 5089/67. Ferrocarriles Nacionales de México. 23 de octubre de 1968. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen CXXXIV, página 11. Amparo directo 2996/67. Ferrocarriles Nacionales de México. 19 de agosto de 1968. Cinco votos. Ponente: Raúl Castellano.
Nota:
Este criterio ha integrado la jurisprudencia publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, Segunda Parte, tesis 853, página 1416, y en el Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 151-156, Quinta Parte, página 131.