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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802228
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Quinta Parte; Pág. 114
JUBILACION. EL DERECHO A OBTENERLA ES IMPRESCRIPTIBLE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Quinta Parte; Pág. 114
La jubilación constituye una obligación de origen contractual en que se reconoce una compensación a los esfuerzos desarrollados en determinado tiempo, por el trabajador, en beneficio de la empresa, y como una vez llenados los requisitos contractuales, el derecho pasa a formar parte del patrimonio del trabajador hasta que muere, tal derecho debe juzgarse imprescriptible.
Precedentes
Amparo directo 1722/57. Félix Hernández Navarro. 13 de febrero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.