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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802249
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Quinta Parte; Pág. 161
TESTIGOS QUE SON EMPLEADOS DEL DEMANDADO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Quinta Parte; Pág. 161
La circunstancia de que los testigos sean empleados del demandado, no es suficiente por sí sola para invalidar sus dichos, ya que tal hecho en manera alguna puede fundar su tacha, y , por el contrario, ello explica por que pudieron haber presenciado hechos ocurridos en el centro del trabajo.
Precedentes
Amparo directo 5219/54. Jesús Poveda. 19 de febrero de 1958. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Gilberto Valenzuela. Ponente: Arturo Martínez Adame.
Amparo directo 1556/57. Ascención Martínez Gris. 17 de febrero de 1958. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.