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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802255
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVI, Segunda Parte; Pág. 45
VEHICULOS DE MOTOR, SANCION DE SUSPENSION INDEBIDA PARA LA CONDUCCION DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVI, Segunda Parte; Pág. 45
Si el acusado fue condenado a suspensión para manejar vehículos de tracción mecánica, a pesar de que no ejerce el oficio de chofer, se infringe en la especie por inexacta aplicación, el artículo 60 del Código Penal del Distrito Federal.
Precedentes
Amparo directo 3887/63. José Santiago Lara Caro. 25 de octubre de 1963. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Amparo directo 6576/62. Gerardo Ibarra Burgos. 9 de octubre de 1963. Cinco votos. Ponente: Alberto R. Vela.