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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
802264
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXX, Tercera Parte; Pág. 124

FIANZAS. REQUERIMIENTO DE PAGO. LA TESORERIA NO TIENE OBLIGACION LEGAL DE ANEXAR AL REQUERIMIENTO UNA LIQUIDACION QUE CONTENGA LA RELACION DE LOS CONCEPTOS QUE DIERON ORIGEN AL ADEUDO.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXX, Tercera Parte; Pág. 124

Precedentes

Amparo en revisión 603/65. Afianzadora Insurgentes, S. A. 14 de noviembre de 1966. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen CXXVII, página 20, tesis de rubro "FIANZAS. REQUISITOS DEL REQUERIMIENTO DE PAGO. LA TESORERIA NO TIENE OBLIGACION DE ANEXAR UNA LIQUIDACION PORMENORIZADA DE LOS CONCEPTOS QUE DIERON ORIGEN AL ADEUDO.". Volumen, CXXXIV, página 44, tesis de rubro "FIANZA, REQUERIMIENTO DE PAGO. ES LEGITIMO EL QUE CONTIENE LIQUIDACION QUE SE AJUSTA A LOS TERMINOS DE LA POLIZA.". Nota: Esta tesis se publicó en el volumen CXIII, Tercera Parte, página 16. Por haber aparecido en dicho volumen un extracto incompleto, se publica aquí el resumen correspondiente en los términos debidos.
Registro digital (IUS): 802264