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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
802272
Tipo
Jurisprudencia
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Tercera Parte; Pág. 145

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. SENTENCIA DE AMPARO. LA PLENA EJECUCION DE LA QUE OBLIGA A REINSTALARLOS, COMPRENDE CUBRIRLES LOS SUELDOS CORRESPONDIENTES.

[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Tercera Parte; Pág. 145

Precedentes

Volumen LXX, página 12. Queja 94/62. Subsecretario de Egresos de la Secretaría de Hacienda y coagraviados. 29 de abril de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González. Volumen CXXI, página 45. Queja 199/65. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 26 de julio de 1967. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Volumen CXXVIII, página 67. Queja 53/67. Procuraduría General de Justicia Militar y otra. 1 de febrero de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Volumen CXXIX, página 56. Queja 301/67. Secretario de la Defensa Nacional y otra. 28 de marzo de 1968. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Volumen CXXX, página 78. Queja 41/68. Secretario de la Defensa Nacional y otras. 22 de abril de 1968. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Registro digital (IUS): 802272