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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802298
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Tercera Parte; Pág. 58
FIANZAS PENALES. TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Tercera Parte; Pág. 58
El Tribunal Fiscal de la Federación carece de competencia para enjuiciar actuaciones procesales dictadas por los Jueces Penales ante los cuales se otorgan pólizas de fianzas, estén bien o mal fundadas, ya que su función debe limitarse al examen netamente fiscal que entrañen las cuestiones derivadas de una póliza de fianza.
Precedentes
Amparo en revisión 2031/58. Afianzadora Mexicana, S. A. 22 de octubre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.