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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
802304
Tipo
Jurisprudencia
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVIII, Tercera Parte; Pág. 65

TRIBUNAL FISCAL, PRUEBA PERICIAL RENDIDA ANTE EL.

[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVIII, Tercera Parte; Pág. 65

Precedentes

Volumen CXV, página 106. Revisión fiscal 343/65. Mercedes García viuda de Falco. 16 de enero de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Volumen CXXIX, página 57. Revisión fiscal 65/63. Inmuebles Cantabria, S. C. por A. 22 de marzo de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volumen CXXX, página 78. Revisión fiscal 360/61. 25 de abril de 1968. Adelina Pons de Roux. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volumen CXXXIII, página 108. Revisión fiscal 540/63. Phillips Mexicana, S. A. 25 de julio de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volumen CXXXIII, página 108. Revisión fiscal 99/58. María González de Barroso. 25 de julio de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Registro digital (IUS): 802304