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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802315
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Segunda Parte; Pág. 138
EVASION DE PRESOS. IMPRUDENCIA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Segunda Parte; Pág. 138
Si no hubo acuerdo entre las partes, y los reos, para fugarse, se sirvieron del descuido transitorio del policía acusado, procede concederle la protección federal para el solo efecto de que la responsable dicte nueva sentencia tomando en cuenta lo anterior y le imponga penalidad por la especie de culpabilidad imprudencial en que incurrió.
Precedentes
Amparo directo 6450/58. Anastasio Martínez Padilla. 21 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.