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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802343
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Segunda Parte; Pág. 21
CONDENA CONDICIONAL. BUENA CONDUCTA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Segunda Parte; Pág. 21
Si cuando el reo cometió el delito de que se trata, estaba disfrutando de libertad provisional en el proceso que se le instruye por otro delito, el hecho de haber cometido estos dos delitos, y estar procesado por ellos, pone de manifiesto que el acusado no ha observado buena conducta.
Precedentes
Amparo directo 6626/58. Luis Romero Valenzuela. 11 de febrero de 1959. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.