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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802383
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Tercera Parte; Pág. 47
INTERES JURIDICO EN EL AMPARO.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Tercera Parte; Pág. 47
La afectación que a los intereses jurídicos de la parte quejosa le causó el acto reclamado, debe probarse, y la ausencia de las pruebas enunciadas para demostrar la existencia de esos intereses obliga a confirmar el sobreseimiento del juicio.
Precedentes
Amparo en revisión 4205/57. María Dolores Ibarra. 10 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.