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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802421
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Tercera Parte; Pág. 39
AGUAS ENVASADAS. BONIFICACIONES.
[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Tercera Parte; Pág. 39
El artículo 25 de la Ley del Impuesto sobre Producción de Aguas Envasadas, no consigna una facultad discrecional del Ejecutivo de la Unión, para conceder las bonificaciones a que refiere, sino una obligación que debe cumplir de acuerdo con el procedimiento detalladamente señalado en el propio dispositivo legal.
Precedentes
Volumen XXII, Tercera Parte, página 12. Revisión fiscal 352/58. Industria Embotelladora de México, S. A. 6 de abril de 1959. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Volumen XXII, Tercera Parte, página 12. Revisión fiscal 442/58. Bebidas Purificadas, S. A. 8 de abril de 1959. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen XXII, Tercera Parte, página 12. Revisión fiscal 439/58. Compañía Embotelladora Fronteriza, S. A. 15 de abril de 1959. Cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen XXII, Tercera Parte, página 12. Revisión fiscal 412/58. Embotelladora Aguascalientes, S. A. 22 de abril de 1959. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen XXII, Tercera Parte, página 12. Revisión fiscal 457/58. Balneario Manantiales de Lourdes, S. A. 22 de abril de 1959. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.