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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802476
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Tercera Parte; Pág. 95
TRIBUNAL FISCAL, COMPETENCIA DEL.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Tercera Parte; Pág. 95
Si el tribunal Fiscal sólo tiene competencia para decidir acerca de la legalidad de ciertos actos administrativos, es palpable que carece de facultades para enjuiciar la actividad de las autoridades judiciales.
Precedentes
Amparo en revisión 1884/57, Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. 11 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca,Volumen IV, Tercera Parte, página 262, tesis de rubro "TRIBUNAL FISCAL, INTERPRETACION DE DISPOSICIONES GENERALES POR EL.".