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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
802499
Tipo
Jurisprudencia
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Tercera Parte; Pág. 130

PETICION, DERECHO DE.

[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Tercera Parte; Pág. 130

Precedentes

Volumen IV, página 227. Amparo en revisión 4588/57. José Antonio Monter. 30 de octubre de 1957. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Volumen VII, página 76. Amparo en revisión 5304/57. Gregorio López Serafín. 8 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Volumen VII, página 76. Amparo en revisión 4207/57. Gabriel Martínez Martínez. 22 de enero de 1958. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Volumen IX, página 94. Amparo en revisión 6163/57. Alberto Flores Lugo. 13 de marzo de 1958. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Volumen IX, página 94. Amparo en revisión 184/58. Julio Martínez Morales. 26 de marzo de 1958. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 802499