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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802531
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Tercera Parte; Pág. 36
FIANZAS. PRESCRIPCION PARA EL COBRO DE.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Tercera Parte; Pág. 36
El término de prescripción para el cobro de las fianzas otorgadas ante la autoridad penal no comienza a correr cuando el reo se sustrae a la acción de la justicia, sino que sólo se inicia cuando la tesorería está legalmente en posibilidad de emitir el requerimiento de pago para hacer efectivo el importe de la póliza.
Precedentes
Revisión fiscal 433/56. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. 19 de marzo de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.