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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802556
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Tercera Parte; Pág. 41
FIANZAS, REQUERIMIENTO DE PAGO DE.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XX, Tercera Parte; Pág. 41
Para cumplir con los imperativos de los artículos 95 y 130 de la Ley de Instituciones de Fianzas, es indispensable que al requerimiento de pagos se acompañe el original de la póliza o copia certificada de la misma.
Precedentes
Amparo en revisión 410/58. Afianzadora Mexicana, S. A. 19 de febrero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.