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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802563
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Quinta Parte; Pág. 130
SALARIO, MONTO DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Quinta Parte; Pág. 130
Cuando el trabajador señala un salario en su demanda y el patrón demandado niega que ese sea el salario exacto, es al propio patrón a quien le corresponde probar el salario real devengado por el trabajador, precisamente porque es él quien tiene en su poder los libros y listas de raya con los cuales le es fácil demostrar su aserto.
Precedentes
Amparo directo 6784/57. Auto Transportes Excélsior, S. A. 5 de marzo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen VII, página 116. Amparo directo 5549/56. Inés Chavarría Degollado. 3 de enero de 1958. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Volumen I, página 62. Amparo directo 403/54. "El Heraldo", Compañía Editorial, S. A. 11 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Guzmán Neyra. Ponente: Arturo Martínez Adame.