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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802567
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 99
PRUEBAS, VALOR DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 99
Acatando el principio de la inmediación, las diligencias iniciales merecen mayor crédito que las que se rinden con posterioridad.
Precedentes
Amparo directo 1022/59. Ana María Saldaña de Ceceña. 2 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.