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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802585
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 102
DROGAS ENERVANTES. DICTAMEN SOBRE SU NATURALEZA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 102
No puede ser desestimado el peritaje emitido por dos médicos, uno de ellos jefe de la Unidad de Salubridad y Asistencia, pues no cabe poner en tela de duda sus conocimientos sobre la materia y que para emitirlo hayan dejado de practicar las operaciones y experimentos que su ciencia les haya sugerido.
Precedentes
Amparo directo 3876/57. Ignacio de la Vega Beltrán. 4 de agosto de 1958. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen VIII, Segunda Parte, página 27, tesis de rubro "DROGAS ENERVANTES, IDENTIFICACION DE LAS.".