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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
802620
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Segunda Parte; Pág. 47

CONDENA CONDICIONAL. MODO HONESTO DE VIVIR. MERETRICES.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Segunda Parte; Pág. 47

Precedentes

Amparo directo 6201/57. José Téllez García y coagraviada. 8 de julio de 1958. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez. Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen X, página 35, tesis de rubro "CONDENA CONDICIONAL. BUENA CONDUCTA. MERETRICES.". Volumen V, página 34, tesis de rubro "CONDENA CONDICIONAL. BUENA CONDUCTA (LEGISLACION DE MICHOACAN).".
Registro digital (IUS): 802620