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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802658
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Tercera Parte; Pág. 246
SOBRESEIMIENTO EN EL AMPARO, POR FALTA DE PROMOCION (INCONSTITUCIONALIDAD DE UN REGLAMENTO).
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Tercera Parte; Pág. 246
La impugnación de un reglamento no evita la sanción de caducidad de la acción constitucional por falta de actuación o de promoción, ya que esa clase de ordenamientos, por su origen y finalidades, no pueden ser tenidos con el carácter de leyes.
Precedentes
Amparo en revisión 3047/55. Manuel Pato Rodríguez. 10 de octubre de 1957. Cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen III, página 209. Amparo en revisión 3179/54. Agustín Pérez Zamudio. 13 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González.