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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802686
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Quinta Parte; Pág. 86
HORAS EXTRAORDINARIAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Quinta Parte; Pág. 86
Cuando se demanda el pago de horas extraordinarias, el reclamante debe probar que efectivamente las trabajó, precisando de momento a momento el tiempo que haya laborado fuera de su jornada ordinaria.
Precedentes
Amparo directo 1997/57. Andrés Pacheco Martínez. 23 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo directo 3060/56. Joel H. Carvajal. 6 de enero de 1958. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen III, página 67. Amparo directo 4989/56. Emilio Palacios y coagraviado. 19 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Luis Díaz Infante.