Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/802702
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802702
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 83
ROBO, CONSUMACION DEL.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 83
Si conforme a la teoría legal mexicana, el apoderamiento es la acción consumada del delito de robo por disposición expresa del artículo 369 de la ley sustantiva, entendiéndose por tal, la aprehensión de la cosa ajena por parte del agente, tomándola para sí e implicando desde luego cierto desplazamiento, por mínimo que éste sea y no necesariamente la total sustracción o alejamiento del bien, es indubitable que si el reo ya tenía formado un bulto con los efectos, aun cuando haya sido desapoderado de los mismos o los haya dejado abandonados, el robo estaba ya consumado.
Precedentes
Amparo directo 790/55. Pedro Sánchez Sánchez. 20 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.