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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802706
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Quinta Parte; Pág. 165
TRABAJADORES DEL ESTADO, PRESCRIPCION DE LA ACCION DE CESE, POR FALTAS DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Quinta Parte; Pág. 165
Si desde la fecha en que termine una investigación practicada a un trabajador al servicio del Estado, hasta aquella en que se le comunique su separación, transcurriere el plazo de un mes, debe estimarse prescrita la acción del titular burocrático para llevar a cabo el cese; no siendo motivo para ampliar dicho término, la distancia y la demora que ésta pueda originar, porque ninguna prevención del Estatuto Jurídico toma en cuenta este elemento.
Precedentes
Amparo directo 508/57. Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas. 27 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gilberto Valenzuela. Ponente: Arturo Martínez Adame.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Quinta Parte,Volumen III, página 125 y Volumen II, página 72, ambas tesis de rubro "TRABAJADORES DEL ESTADO, PRESCRIPCION DE LA ACCION DE CESE, POR FALTAS DE LOS.".