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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
802725
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 151

LEGITIMA DEFENSA.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Segunda Parte; Pág. 151

Precedentes

Amparo directo 2500/57. Hermenegildo Soto González. 9 de agosto de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne. Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen X, página 89, tesis de rubro "LEGITIMA DEFENSA.". Volumen IX, página 82, tesis de rubro "LEGITIMA DEFENSA.". Volumen VI, página 176, tesis de rubro "LEGITIMA DEFENSA.". Volumen I, página 76, tesis de rubro "LEGITIMA DEFENSA.". Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XII, Segunda Parte, página 187, de rubro "LEGITIMA DEFENSA.".
Registro digital (IUS): 802725