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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802734
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Quinta Parte; Pág. 24
CONTRATO DE TRABAJO, PRESUNCION DE LA EXISTENCIA DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Quinta Parte; Pág. 24
El artículo 18 de la ley de la materia establece la presunción de la existencia del contrato de trabajo entre el que presta un servicio y quien lo recibe, y para destruir tal presunción es indispensable que el demandado demuestre la inexistencia de la relación obrero-patronal acreditando los motivos y razones de la prestación del servicio.
Precedentes
Amparo directo 206/56. Antonio Eslava. 4 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Díaz Infante.