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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
802744
Tipo
Jurisprudencia
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Tercera Parte; Pág. 138

PETICION, DERECHO DE. A LA AUTORIDAD RESPONSABLE CORRESPONDE LA PRUEBA DE QUE SE DICTO LA RESOLUCION A LO SOLICITADO Y LA DIO A CONOCER AL PETICIONARIO.

[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Tercera Parte; Pág. 138

Precedentes

Volumen IV, página 225. Amparo en revisión 2027/57. Roberto Fonseca. 23 de octubre de 1957. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Volumen XXIV, página 27. Amparo en revisión 1289/59. Raúl Núñez Vargas. 29 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo. Volumen XXIX, página 38. Amparo en revisión 5229/59. Jesús Zaragoza Ruiz. 4 de noviembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González. Volumen CXXV, página 30. Amparo en revisión 5479/67. Erasmo Hernández Sánchez. 22 de noviembre de 1967. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Volumen CXXXII, página 69. Amparo en revisión 6924/67. Pedro Martínez Martínez. 24 de junio de 1968. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Tercera Parte, Segunda Sala, tesis 187 y 188, páginas 224 y 226.
Registro digital (IUS): 802744