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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802759
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Segunda Parte; Pág. 43
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Segunda Parte; Pág. 43
La provocación de parte del occiso es de enorme importancia, pero sólo para la cuantificación de la pena, si no reviste las características de un ataque injusto, violento, actual y del cual resultara para el acusado o los suyos un inminente peligro en la vida, honor o bienes.
Precedentes
Amparo directo 1434/57. José Molina González. 4 de febrero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.