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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802766
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Segunda Parte; Pág. 54
EMBRIAGUEZ COMO EXCLUYENTE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Segunda Parte; Pág. 54
Para que el estado de inconsciencia, como causa excluyente de imputabilidad, opere, es necesario que el agente no procure la embriaguez en un acto deliberado, toda vez que el requisito de que sea accidental elimina los casos en que su empleo sea simplemente ocasional, en razón de que la exculpación no cubre al vicioso, por su peligrosidad.
Precedentes
Amparo directo 6002/57. Ramón Tovar Flores. 5 de marzo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.