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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 802804
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXI, Quinta Parte; Pág. 18
FALTAS DE DISCIPLINA, LAS AMENAZAS SON.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXI, Quinta Parte; Pág. 18
No es cierto que para que se considere alterada la disciplina de un centro de trabajo sea necesario que materialmente se paren todas las máquinas de un departamento, pues basta la comprobación de amenazas o injurias de un trabajador a sus compañeros ocurridas dentro de un centro de trabajo, para considerar que se alteró el orden y la disciplina del mismo.
Precedentes
Amparo directo 6709/63. Asbestos Monterrey, S. A. 9 de marzo de 1964. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.